| Acción |
Derecho que se tiene a una cosa. En Derecho Procesal es la facultad de acudir a los Tribunales de Justicia y recabar una decisión sobre un determinado asunto. En Derecho Penal es el acto humano típico, o conducta prevista por la ley como constitutiva de delito. En derecho mercantil es la parte alícuota del capital social de una entidad mercantil.
|
| |
|
| Acta |
Documento razonado que describe, elaborado por el funcionario actuante, una situación tributaria, a su criterio, con el cual puede estar conforme o discrepante el contribuyente, receptor... que debe recibir copia, que puede negarse a firmar, cosa en el fondo irrelevante porque seguirá el procedimiento; así, más bien conviene recibirla; incluso, exigirla, porque concreta el asunto a que se refiera, que deberá ceñirse a lo puesto en ella. |
| |
|
| Actividad económica |
La realizada por personas jurídicas o por personas físicas, éstas en propio nombre. En este segundo caso, será actividad empresarial o actividad profesional. Se les presupone en búsqueda de beneficios, aunque tan sólo resulten en cantidades equivalentes a un salario. La relación laboral es otra cosa. |
| |
|
| Actividad empresarial |
La que realizan aquellas personas mediante el empleo conjunto del trabajo personal y del capital, o de uno solo de estos factores, que suponga por parte de estas la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y de los recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
|
| |
|
| Actividad financiera |
La administrativa cuyo fin es obtener y gestionar los ingresos públicos, y ordenar los gastos necesarios para atender las necesidades de las entidades públicas y el sostenimiento de los servicios públicos.
|
| |
|
| Actividad profesional |
La realizada por personas en el ejercicio libre, independiente y autónomo de su profesión, conjuntamente con un capital o sin él. |
| |
|
| Acto administrativo |
Manifestación de voluntad por medio de la cual los órganos administrativos realizan sus funciones, creando, modificando o extinguiendo derechos u obligaciones. |
| |
|
| Acuerdo |
Resolución que se toma en los Tribunales y órganos oficiales. Refiriéndose a dos o más personas, mostrar conformidad. |
| |
|
| Administración financiera |
Conjunto de reglas y procedimientos legales establecidos para la realización de la actividad financiera.
|
| |
|
| Agencia tributaria |
Organismo de la Administración del Estado encargado de la gestión, inspección y recaudación de los tributos.
|
| |
|
| Alicuota |
Parte contenida exactamente cierto número de veces en un todo. |
| |
|
| Alta |
Acto en el que el contribuyente declara a la Hacienda el ejercicio de industrias o profesiones sujetas a impuesto. |
| |
|
| Año fiscal |
Periodo de vigencia de los presupuestos de ingresos y gastos de la Administración y en el que se devengan los impuestos. En España coincide con el año natural, pero en otros países tiene fechas diversas. |
| |
|
| Aplazamiento de pago |
Extensión del plazo para efectuar el pago de la deuda tributaria liquidada, satisfaciendo su importe en un momento posterior al señalado por la ley.
|
| |
|
| Apremio tributario |
Recargo en el importe de un tributo por causa de demora en el pago del mismo.
|
| |
|
| Autoliquidación |
Modalidad de declaración tributaria a cumplimentar por el sujeto pasivo o por su representante, que contiene el reconocimiento de la realización del hecho imponible, y los datos necesarios para la liquidación, cuantificación y señalamiento de la deuda.
|
| |
|
| Base imponible |
Cantidad calculada sobre la que se mide la capacidad de pago del contribuyente.
|
| |
|
| Base liquidable |
Es el resultado de restar de la base imponible las reducciones establecidas en la normativa de cada tributo.
|
| |
|
| Beneficio fiscal |
Ventaja, mejora o ahorro que el contribuyente puede tener en algún impuesto ( por ejemplo, exención parcial o total, deducción, reducción, desgravación). |
| |
|
| Bien de consumo |
: Bien que es comprado y utilizado directamente por el usuario final sin necesidad de transformación, y que se desgasta de una sola vez o en un corto periodo de tiempo.
|
| |
|
| Bien de equipo y de inversión |
: Bien susceptible de depreciación cuyo periodo de utilización es superior al del periodo impositivo de un tributo.
|
| |
|
| Capacidad contributiva |
Principio constitucional financiero, que determina la aptitud de una persona para concurrir al sostenimiento de los gastos públicos en proporción a su patrimonio. |
| |
|
| Carta de pago |
El método de pago de deudas fiscales más frecuente; en casi todos los impuestos. Rellenada con los datos del pagador y concepto de pago, se entrega en entidad bancaria.
|
| |
|
| Catastro |
Registro público de riqueza inmueble (territorial : fincas, edificios para viviendas y otros fines ... ). Se identifican, describen sumariamente y valoran económicamente. |
| |
|
| Compensación |
Forma de extinción de la deuda tributaria, por reciprocidad de la posición acreedora y deudora. |